En UrbiPAC Arquitectura tratamos todos los aspectos relacionados con la Obra Civil (Proyectos, Direcciones de Obra, Seguridad y Salud, Expedientes de Ruina, Demoliciones, Mediciones y Presupuestos, Certificados de Solidez...) así como los relacionados con el Desarrollo Urbanístico de Planeamiento (Planes Parciales, Proyectos de Agregación/Segregación, Reparcelaciones, Estudios de Detalles, Proyectos de Actuación,Proyectos de Urbanización...) contando con una amplia experiencia en la elaboración y ejecución de los mismos. Además realizamos trabajos de Topografía, Inspección Técnica de Edificios (ITE), Levantamientos planimétricos de solares, Certificados Técnicos de distinta índole, Peritaciones y tasaciones.
Ofrecemos un diseño arquitectónico de calidad, singular y exclusivo para cada caso así como un seguimiento de ejecución pormenorizado y adaptado a sus exigencias, asesorándole desde primera hora y acompañándole hasta su total finalización.
Si desea pedir información o solicitar un presupuesto, rellene el formulario y le atenderemos a la mayor brevedad posible.
En UrbiPAC Ingeniería resolvemos de una forma eficiente sus propuestas en materia de industria, Promociones de Naves, Equipamientos Industriales, Electrificación de Urbanizaciones, Centros de Transformación... desde el Proyecto hasta el cálculo optimizado.
Como extensión a esta rama le ofrecemos Urbipac Energy, con el que podrá optimizar el consumo energético de su Empresa, garatizándole una disminución considerable en el gasto eléctrico.
Además, realizamos todo tipo de Proyectos de Actividad y/o apertura de locales, asesorándoles en todo momento para gestionar de forma inequívoca los trámites burocráticos que suelen resultar tan incómodos.
Si así lo desea, dispondrá de un exclusivo y cuidado diseño interior de sus establecimientos sin necesidad de acudir a otra parte, gracias a que contará con un equipo multidisciplinar que a buen seguro dotará a su negocio de la diferenciación de la que gozan nuestros mejores clientes.
Póngase en contacto con nosotros o rellene el siguiente formulario para hacernos llegar sus dudas.
Le invitamos a conocer nuestro departamento dedicado a prestación de servicios técnicos de ahorro y eficiencia energética que sin duda le sorprenderá.
Seguro que ha experimentado de primera mano que las facturas de las compañías enérgéticas suministradoras (electricidad, gas, gasóleo...), constituyen un capítulo cada día más significativo dentro de los gastos de explotación de su empresa.
Por ello, y siguiendo una estudiada metodología (ver dossier adjunto), realizamos un control exhaustivo en la demanda energética real de su empresa, lo que nos arroja unos datos concretos que se traducen en una optimización de su contratación, evitando consumos innecesarios, penalizaciones y errores en la facturación.
Además de lo anterior, podemos facilitarle la realización de actuaciones de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en su edificio o vivienda, con la posibilidad de contar con los incentivos y ayudas concedidas al amparo del Programa de Impulso a la CONSTRUCCIÓN SOSTENIBLE, del que nuestro estudio está inscrito como Empresa Colaboradora.
De igual modo, incluimos un servicio especial en cuanto CERTIFICACIONES ENERGÉTICAS de viviendas, edificios y locales, de realización obligatoria para todos los contratos de compraventa y alquiler celebrados a partir del 1 de Junio de 2013
Si desea conocer pormenorizadamente las características de este servicio que le ofrecemos, puede ponerse en contacto con nosotros y le asesoraremos personalmente, sin ningún tipo de compromiso, del ahorro potencial en sus instalaciones.
En URBIPAC le ofrecemos la posibilidad de obtener de forma eficaz la Certificación Energética de su Vivienda, Local o Edificio, requisito obligatorio para todas las operaciones de alquiler y/o venta que se realicen a partir del 1 de Junio de 2013. Pídanos presupuesto sin compromiso
PROCEDENCIA Y ENTRADA EN VIGOR
LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA, viene regulada por El Real Decreto 235/2013 , de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, entró en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado nº 89 (13/04/2013), siendo voluntaria su aplicación hasta el 1 de junio de 2013. A partir de ese momento, la presentación o puesta a disposición de los compradores o arrendatarios del certificado de eficiencia energética de la totalidad o parte de un edificio, según corresponda, es exigible para los contratos de compraventa o arrendamento celebrados a partir de dicha fecha.
ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
La obtención del certificado de eficiencia energética otorgará el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de eficiencia energética, cuyos contenidos se recogen el documento reconocido correspondiente a la etiqueta de eficiencia energética, disponible en el Registro general.
La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Deberá figurar siempre en la etiqueta, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado.
A finales de enero de 2012, se aprobó el Decreto 2/2012, en la Comunidad autónoma de Andalucía, por el que se ofrece la posibilidad de regular (no legalizar) aquellas viviendas o construcciones (terminadas hace más de 6 años) que se encuentren en suelo no urbanizable en estado legal, utilizando para ello un Procedimiento Técnico y Administrativo regulado, pudiéndose escriturar e inscribir dicha edificación en el Registro de la Propiedad, enriqueciendo de esta forma su Patrimonio personal.
Sin licencia, puede regularla a partir del mes de febrero de 2012 y durante 2 años, en base al nuevo Decreto 2/2012 de regulación de edificaciones existentes en suelo no urbanizable aprobado por la Junta de Andalucía.
Groso modo, el Procedimiento consiste en declarar e inscribir la edificación como "fuera de ordenación", por lo que sólo se podrán acometer sobre la finca, obras de conservación y mantenimiento. Por este motivo, en caso de que su vivienda, pueda ser legalizable (porque lo permita la Normativa de aplicación) conviene legalizarla en vez de regularla, toda vez que de este modo si podría llevar a cabo obras de reforma, ampliación, redistribución... siempre y cuando se cumpla con las directrices marcadas en el Planeamiento.
Por consiguiente, conviene distinguir entre la regulación de viviendas mediante el procedimiento regulado por el Decreto 2/2012 y la legalización de viviendas, que se lleva a cabo mediante la obtención de Licencia Municipal con la redacción de un Proyecto de Actuación, Proyecto Básico, Proyecto de Legalización...
Por todo lo anterior, antes de iniciar el procedimiento de regulación de su vivienda deberá comprobar que:
Su vivienda o edificación lleva terminada más de 6 años.
Si se puede legalizar. En este caso conviene hacerlo, puesto que las ventajas son numerosas.
Si no es posible legalizar, regular en base al Decreto 2/2012.
DESCRIPCIÓN: Ayudas para incentivar y promover la realización de actuaciones integrales que favorezcan el ahorro energético, la mejora de la eficiencia energética y el aprovechamiento de las energías renovables en los edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero) en España, conforme a las condiciones establecidas.
BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas propietarias de viviendas o edificios residenciales.
PREGÚNTENOS y le resolveremos sus dudas.
Nuestro Estudio está inscrito como Empresa colaboradora del programa de impulso a las Construcción sostenible suscrito por la Agencia Andaluza de la Energía, Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
En este sentido estamos preparados para facilitarle la realización de actuaciones de ahorro, eficiencia energética y energías renovables en su edificio o vivienda, con la posibilidad de contar con los incentivos.
Del mismo modo, le ofrecemos la posibilidad de obtener la CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA de su Vivienda, Local o Edificio, requisito obligatorio para todas las operaciones de alquiler y/o venta que se realicen a partir del 1 de Junio de 2013. Pídanos presupuesto sin compromiso
Presentamos nuestra división dedicada a la Gestión y Administración de Fincas.
Nuestra Administración se encarga de trabajar para su Comunidad. Para ello disponemos de un equipo altamente capacitado a su servicio que atenderá hasta el más pequeño detalle sobre el bien estar de la Comunidad.
Entre los Servicios que ofrecemos se engloban todos aquellos que por Ley le incumben al Administrador, así como los de llevar a cabo todas las decisiones tomadas en la Junta de Propietarios.
Además de lo anterior, elaboramos un informe y auditoría sobre el estado de la Comunidad en el momento de la recepción del encargo para administrar y guardamos toda la documentación referente al edificio y al inicio de la Administración.
Trámites de constitución e Iniciación de la Actividad
Confirmación en el Registro Mercantil Central de Certificación de la disponibilidad de la denominación. Presentación en Notaría para que otorgue la correspondiente escritura pública, Redacción de Estatutos. Posterior inscripción de la Escritura en el Registro Mercantil de la provincia.
Presentación de modelos para inicio de la actividad, solicitud del NIF y declaración previa al inicio de la actividad para obtener la tarjeta identificativa. Alta a efectos del impuesto sobre actividades económicas. Preparación y presentación del modelo, en relación al Impuestro de transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la modalidad de operaciones societarias.
Inscripción de la empresa en la Seguridad social
Afiliación de los trabajadores y contratos de trabajo
Disposición del libro de visitas y comunicación de la apertura del centro de trabajo a la autoridad competente.
Contratación de Servicios (en nombre de la Comunidad)
Pedido de contadores luz y agua. Contratos con empresas o proveedores de servicios para la Comunidad. Fiscalización y control de los servicios contratados. Asesoría laboral referente a los trabajadores relacionados con la Comunidad.
Financieros y Contables (en nombre de la Comunidad)
Petición del NIF . Apertura de cuentas bancarias. Estudio y elaboración del Presupuesto anual. Pago de gastos . Presentación de presupuestos para ejecución de actos para la conservación de los bienes comunes. Extracto con el valor de las cuotas que corresponden a cada propietario. Valoración continúa de opciones de ahorro en los servicios externos contratados. Emisión de recibos para el cobro de las cuotas. Cobro de morosos y deudores.
Administrativos
Elaboración de convocatorias. Puesta en práctica de lo aprobado en la Junta de Propietarios. Redacción de actas. Elaboración de modelos de boletines de representación en juntas de propietarios. Presencia en la Junta de Propietarios ordinarias y extraordinarias. Confirmación de la existencia del seguro de incendios o multirriesgo por parte de los propietarios. Representación de la Comunidad ante las autorías administrativas y judiciales.
Informáticos
Disponibilidad de página web para actualidad de toda la información administrativa y contable de su comunidad. Comunicación mediante e-mail de la existencia de averías y/o siniestros. Consulta de la lista y estado de los trabajos en curso o por realizar.
Seguridad
Inspecciones periódicas a las instalaciones de la comunidad, a fin de cuidar su estado y mantenimiento. Atención y vigilancia por el cumplimiento de las medidas de seguridad. Cumplimiento de los plazos de inspeción de los ascensores (en caso de que existan) por la empresa acordada. Verificación y recarga de extintores. Vigilar plazos de inspección de las tuberías de gas legalmente exigidas.
Urbipac | Estudio de Arquitectura
© Proyectos Arquitectura Chamorro S.L.
Avda del Genil 17 A 41400 Écija Sevilla
info@urbipac.es
+34 95 590 38 49+34 95 590 38 49
|
|
|